Marco legal en riesgos laborales
El Sistema de Riesgos Laborales hoy es totalmente autofinanciable con
los aportes de los Empleadores sin que el Estado tenga que participar en su financiación.
La Ley 1562 de 2012 “Por medio de la cual se modifica el Sistema de
Riesgos Laborales y se dictan otras disposiciones en materia de Salud
Ocupacional”. En su artículo 1º, define:
Sistema General de Riesgos
Laborales:
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, normas y
procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de
los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles con
ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Las disposiciones
vigentes de salud ocupacional relacionadas con la prevención de los accidentes
de trabajo y enfermedades laborales y el mejoramiento de las condiciones de
trabajo, hacen parte integrante del Sistema General de Riesgos Laborales.
Salud Ocupacional:
Se entenderá en adelante como Seguridad y Salud en el Trabajo,
definida como aquella disciplina que trata de la prevención de las lesiones y
enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y
promoción de la salud de los trabajadores. Tiene por objeto mejorar las
condiciones y el medio ambiente de trabajo, así como la salud en el trabajo,
que conlleva la promoción y el mantenimiento del bienestar físico, mental y
social de los trabajadores en todas las ocupaciones.
Programa de Salud Ocupacional:
En lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad
y Salud en el Trabajo SG-SST. Este Sistema consiste en el desarrollo de un
proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua y que incluye la
política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la
auditoria y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer,
evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el
trabajo.
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